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Criterios de admisión y perfiles

ACCESO AL PROGRAMA DE DOCTORADO

La UPM ha aprobado el MODELO DE PROGRAMA DE DOCTORADO UPM, mediante Resolución Rectoral de 21 de diciembre de 2011, publicada en el Boletín Oficial de la Universidad Politécnica de Madrid (BOUPM).

Este modelo es aplicación del R.D. 99/2011, de 28 de enero, por el que se ordenan las enseñanzas universitarias oficiales, entre ellas las de Doctorado. En su artículo 6 “Requisitos de acceso al doctorado” establece:

  1. Con carácter general, para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.
  2. Asimismo podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
    1. a) Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.
    2. b) Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación a que se refiere el artículo 7.2 de esta norma, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.
    3. c) Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
    4. d) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.
    5. e) Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.

 

En la disposición adicional segunda “Incorporación a las nuevas enseñanzas de doctorado establecidas en el presente real decreto” del R.D. 99/2011 se especifican los siguientes aspectos:

  1. Los doctorandos que hubieren iniciado su programa de doctorado conforme a anteriores ordenaciones universitarias, podrán acceder a las enseñanzas de doctorado reguladas en este real decreto, previa admisión de la universidad correspondiente, de acuerdo con lo establecido en este real decreto y en la normativa de la propia universidad.
  2. Podrán ser admitidos a los estudios de doctorado regulados en el presente real decreto, los Licenciados, Arquitectos o Ingenieros que estuvieran en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, o hubieran alcanzado la suficiencia investigadora regulada en el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero.

 

La Comisión de Doctorado de la UPM será la responsable de comprobar para aquellos alumnos que estén en posesión de títulos obtenidos conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior que el título acredita un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos españoles de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de Doctorado.
La admisión a un Programa de Doctorado de la UPM se regirá por los criterios específicos del programa siempre que cumpla las condiciones generales de admisión de la UPM.

CRITERIOS DE ADMISIÓN

Una vez cumplidas las condiciones exigidas en el RD 99/2011 para el acceso, la Comisión Académica del Programa de Doctorado se ocupará de realizar la selección y admisión, de acuerdo con los siguientes criterios:

  1. Se valorará la formación académica y el expediente académico, especialmente las titulaciones con competencias y conocimientos relacionadas con las áreas de especialización del Programa de Doctorado. Se valorará los aspectos relacionados con las materias cursadas, su relación con el Programa de Doctorado y la calificación obtenida. La ponderación será de un 40% sobre la valoración final.
  2. Se valorará la experiencia profesional e investigadora, especialmente en actividades relacionadas con las áreas de especialización del Programa de Doctorado. Se valorarán los aspectos relacionados con la duración temporal de su experiencia, la mayor o menor orientación investigadora, su carácter internacional, y su relación con las áreas del Programa de Doctorado. La ponderación será de un 30% sobre la valoración final.
  3. Se valorará la acreditación que certifique conocimientos suficientes de lengua inglesa y castellana (en su caso) que permitan abordar sin dificultad la docencia impartida en esos idiomas. El procedimiento de valoración es el siguiente: en el caso de acreditar un nivel B2 o superior se obtendrá la máxima calificación en este apartado, y en caso contrario, se realizará una breve entrevista en persona para valorar sus conocimientos reales.
  4. Se valorará la presentación de una carta de recomendación de profesionales acreditados en los campos científicos y profesionales relacionados con el Programa de Doctorado. Se valorará el contenido de la carta, el nivel de responsabilidad de la persona que emite la carta y la institución a la que pertenece. La ponderación será de un 5% sobre la valoración final.
  5. Se valorará la carta de motivación que se exige a los candidatos mostrando su interés por cursar el Programa de Doctorado, y la temática específica razonada en la que le gustaría investigar en caso de ser admitido. Con esta carta se pretende que el alumno reflexione sobre su motivación para abordar una tesis doctoral y suponga un compromiso base del alumno. Se valorará la adecuación de la temática objeto de interés del alumno, con las líneas de investigación del programa. La ponderación será de un 5% sobre la valoración final.
  6. Se valorará la entrevista que los candidatos deberán tener con un miembro de la Comisión Académica y de Calidad del Programa de Doctorado. Los aspectos que se valorarán serán su interés para hacer la tesis doctoral, su madurez para abordar un trabajo de investigación, y adicionalmente, permitirá profundizar y aclarar el alcance de los aspectos recogidos en los criterios anteriores (formación académica, experiencia profesional, idiomas, etc.). La ponderación será de un 10% sobre la valoración final.

 

Previa autorización de la Comisión de Doctorado de la UPM, a petición del responsable del programa de doctorado, podrán realizarse estudios de doctorado a tiempo parcial. En caso de ser concedida, la autorización entrará en vigor el semestre siguiente a su autorización. En este caso tales estudios podrán tener una duración máxima de cinco años desde la admisión al programa hasta el depósito de la tesis doctoral. A los efectos del cómputo del periodo anterior, no se tendrán en cuenta las bajas por enfermedad, embarazo o cualquier otra causa prevista por la normativa vigente.
Para la admisión de alumnos a TIEMPO PARCIAL se tendrán en cuenta los siguientes criterios adicionales:

  1. El alumno debe acreditar que dispone del tiempo suficiente para dedicar un mínimo de esfuerzo semanal de 10 horas a labores de investigación relacionadas con su tesis doctoral.
  2. En el caso de que el candidato esté trabajando, se valorará que los responsables del candidato en ese trabajo estén informados de su intención de hacer la tesis doctoral y apoyen dicha decisión.

 

Estos criterios serán también de aplicación si un alumno a tiempo completo quiere cambiar su dedicación a tiempo parcial. Los alumnos a tiempo parcial podrán cambiar a tiempo completo si la dedicación a las tareas de investigación para realizar la tesis doctoral pasa a ser de jornada completa, no teniendo ningún contrato que no sea el que tiene como objetivo la realización de la tesis doctoral. En caso de duda, para la admisión de graduados, y si la formación y experiencia del candidato estuviera muy apartada de los temas del Programa de Doctorado, se podrá admitir al candidato previa condición de que supere algunos complementos de formación que se le indiquen, y que le permitan adquirir las competencias necesarias para realizar el Programa de Doctorado. Esta admisión se realizaría de acuerdo con el procedimiento PR 19 “Acciones de Nivelación” del sistema de Garantía de Calidad de la E.T.S.I. Telecomunicación.
En caso de ser admitidos, los estudiantes pueden encontrar en la página web de la UPM, (www.upm.es), el procedimiento de preinscripción y matriculación en el Programa de Doctorado para estudiantes españoles, comunitarios y no comunitarios.

 

PERFILES DE ACCESO

PERFIL A: PERFIL DE INGRESO RECOMENDADO

Considerando las diferentes líneas de investigación incluidas en el Programa de Doctorado, el perfil de ingreso recomendado incluye las siguientes titulaciones:

  1. Master Universitario en Ingeniería de Sistemas Electrónicos.
  2. Master Universitario en Ingeniería de Telecomunicación. Dentro de este perfil de ingreso recomendado se incluye la titulación de Ingeniero de Telecomunicación por la Universidad Politécnica de Madrid que ha sido acreditada por el Accreditation Board for Engineering and Technology (ABET), o titulaciones equivalentes de otras universidades.
  3. Master Universitario en Ingeniería Industrial. Dentro de este perfil de ingreso se incluye la titulación de Ingeniero Industrial por la Universidad Politécnica de Madrid que ha sido acreditada por el Accreditation Board for Engineering and Technology (ABET), o titulaciones equivalentes de otras universidades.
  4. Master Universitario en Ingeniería de Materiales.
  5. Master Universitario en Ingeniería Biomédica.
  6. Master Universitario en Ingeniería Informática.
  7. Master Universitario en Energía Solar Fotovoltaica.
  8. Masteres impartidos en las Facultades de Ciencias Físicas o Químicas, concretamente los siguientes:
    1. Máster Universitario en Física Biomédica
    2. Máster Universitario en Nanofísica y Materiales Avanzados
    3. Máster Universitario en Nuevas Tecnologías Electrónicas y Fotónicas
  9. Titulaciones equivalentes a las comentadas anteriormente impartidas en otras universidades nacionales o internacionales previa aprobación de la CAPD.

Para el caso del perfil A, perfil de ingreso recomendado, no se considerarán complementos formativos.

PERFIL B: OTROS PERFILES DE INGRESO

Este perfil está compuesto por las siguientes titulaciones:

  1. Masteres impartidos en las Facultades de Matemáticas, concretamente los siguientes:
    1. o Máster Universitario en Matemáticas
    2. o Máster Universitario en Ingeniería Matemática
  2. Máster en Ingeniería Aeronáutica
  3. Máster en Ingeniería Naval.
  4. Titulaciones equivalentes a las comentadas anteriormente impartidas en otras universidades nacionales o internacionales previa aprobación de la CAPD.

 

Para el caso del perfil B (otros perfiles de ingreso), los alumnos deberán cursar con carácter obligatorio entre 6 y 18 ECTS de complementos formativos correspondientes a asignaturas del Master Universitario de Ingeniería de Telecomunicación:

  1. Equipos y Terminales de Usuario (6 ECTS) asignatura obligatoria del master
  2. Ingeniería de Sistemas con Procesadores (6 ECTS) asignatura obligatoria de itinerario.
  3. Diseño Microelectrónico (6 ECTS) asignatura obligatoria de itinerario.
  4.  Nanoelectrónica (6 ECTS) asignatura optativa de itinerario.
  5. Ingeniería Neurosensorial (6 ECTS) asignatura optativa de itinerario.

 

La Comisión Académica del Programa de Doctorado será la responsable de analizar las necesidades específicas de cada uno de los alumnos y de definir, un número entre 6 y un máximo de 18 ECTS, de complementos formativos de entre los especificados anteriormente. Estos complementos se pueden ir adaptando, previa aprobación de la CAPD, según varíe el mapa de titulaciones y la evolución de la tecnología.
 

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