Normativa Títulos propios de Grado
En los últimos años las universidades españolas están sumidas en un intenso proceso de cambio que, entre otros, contempla una mayor flexibilización tanto de la oferta de títulos universitarios como de los programas formativos que conducen a dichos títulos. Ejemplos de ello son el gran crecimiento de la oferta de dobles titulaciones, titulaciones conjuntas y títulos propios que oferta el Sistema Universitario español.
La Universidad Politécnica de Madrid no ha sido ajena a estas transformaciones y oferta en la actualidad una diversidad de titulaciones de postgrado de alta calidad que la convierten en una de las Universidades españolas más competitivas en la formación de postgraduados, especialmente en las titulaciones de master y, en menor medida, en las de especialista.
Pero la Universidad Politécnica de Madrid, al igual que muchas otras universidades españolas y al amparo de lo previsto en la legislación que regula el funcionamiento del sistema universitario nacional, también ha valorado positivamente la posibilidad de ofertar a sus alumnos de titulaciones oficiales una formación complementaria, acreditada mediante la expedición de correspondiente diploma, que contribuya a mejorar, si cabe, la inserción laboral de sus egresados y les permita un mejor desarrollo profesional. De esta forma, además, se pretende contribuir a incrementar el atractivo de los estudios de grado oficiales de la UPM para posibles futuros alumnos.
Por ello, desde el año 2003 la UPM inició la oferta de estudios conducentes a títulos propios de grado. En esta línea de actuación, la Junta de Gobierno, en su reunión del 24 de abril de 2003, aprobó una primera Normativa provisional para la aprobación de títulos propios de grado por la Universidad Politécnica de Madrid que fue remplazada, en la reunión del Consejo de Gobierno de 25 de mayo de 2006, por la Normativa reguladora de los estudios propios de grado de la Universidad Politécnica de Madrid. Al amparo de ella, durante los años siguientes la Universidad implantó, con notable demanda de estudiantes, distintos títulos propios con la denominación de Graduado o Experto dependiendo de su duración. No obstante, la publicación en octubre de 2007 del Real Decreto 1393/2007, mediante el que se regula la ordenación académica de los títulos oficiales de Grado, Máster y Doctorado, reserva el nombre de Graduado para estudios oficiales. Por ello procede modificar la Normativa anteriormente vigente adaptándola a lo dispuesto en el citado Real Decreto.
- Inicie sesión para enviar comentarios
Versión para impresión